Facturación electrónica
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    Facturación electrónica

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    ¿Qué es la facturación electrónica y en qué me afecta?

    Ante las nuevas medidas y la cantidad de noticias relacionadas con la facturación electrónica es importante aclarar los principales conceptos, medidas y plazos.

    ¿Qué es la factura electrónica?

    Una factura electrónica es, ante todo, una factura. Es decir, tiene los mismos efectos legales que una factura en papel. Recordemos que una factura es un justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios.

    La factura electrónica es una factura que se emite y recibe en formato electrónico.

    ¿Y esto en qué consiste?

    La factura electrónica es uno de los objetivos de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022, de 28 de septiembre) que tiene como finalidad la comunicación de facturas entre empresas, profesionales y autónomos (B2B).

    Algunos de sus objetivos son:

    • Generalización del uso de factura electrónica entre empresas, profesionales y autónomos

    • Medidas contra la morosidad comercial

    Por otro lado, se encuentra la Ley Antifraude (Ley 1011/2021, de 9 de julio). Esta regula que los programas de gestión, garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas.

    A diferencia de la Ley Crea y Crece que afecta únicamente a empresas, profesionales y autónomos, la Ley Antifraude afecta a todas las transacciones ya sean entre empresas o entre empresa y particular.

    Es importante tener en cuenta que estas leyes son paralelas e independientes.

    ¿Software DELSOL estará preparada?

    Si, como en otros casos (S.I.I. , Ticket BAI , R.E.T.O , Factura-e ), nos hemos mantenido actualizados según la normativa vigente.

    ¿En qué afectará a mi programa?

    Como hemos dicho antes, la Ley antifraude se encargará por así decirlo, de asegurar la integridad de las facturas.

    Para ello se crea VERI*FACTU que es a través del cual se comunicarán las facturas. En el real decreto 1007/2023 de 5 de diciembre, se regulan las obligaciones relacionadas con la facturación y la remisión de los requisitos de facturación.

    Existen dos sistemas definidos:

    Sistema VERI*FACTU: El programa se encargará de comunicar de forma automática, inalterable e inmediata el registro de facturación en la AEAT.

    Sistema No VERI*FACTU: La entrega del registro se hará bajo requerimiento de la AEAT. Los sistemas informáticos de facturación que opten por esta modalidad, debe de asegurar un registro de eventos donde queden reflejados todos los movimientos entre otros requisitos.

    En ambos casos, se emitirá la factura con un código QR que la identificará y permitirá al cliente verificar la autenticidad de la factura en un portal que la AEAT habilitará.

    ¿Cuándo entra en vigor?

    Es importante tener en cuenta que al tratarse de dos leyes completamente independientes, tienen plazos diferentes.

    En algún momento

    Factura electrónica

    Se prevé que a lo largo del 2024 se apruebe la normativa que regulará la factura electrónica

    1 año después

    Factura electrónica

    Los profesionales, empresas y autónomos que tengan una facturación anual superior a 8 millones deberán emitir sus facturas electrónicas de forma obligatoria a otros empresarios.

    Si estos empresarios facturan a otro que aún no está obligado a generar facturas electrónicas debe de hacerlo en un archivo PDF

    1 de Julio de 2025 | LEY ANTIFRAUDE

    Ley antifraude:

    Estipulada para la entrada de sistemas VERI*FACTU en el marco nacional.

    A partir de ese momento, todas las transacciones deben emitirse bajo la normativa VERI*FACTU exceptuando las transacciones sujetas a tributación en las haciendas forales.

    2 Años después

    Factura electrónica

    Entrará en vigor para todos los profesionales, empresas y autónomos restantes.

    Las empresas con facturación entre 6 y 8 millones deberán notificar a hacienda los pagos de las facturas.

    3 Años después

    Factura electrónica

    El resto de empresas con una facturación anual inferior a 6 millones, deberán comunicar los pagos de sus facturas a AEAT.


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